Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2479/2012
Fecha: 28-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
tutela judicial efectiva, a la igualdad, a la garantía del debido proceso y el principio de la seguridad jurídica, toda vez que los Jueces de Partido de Sustancias Controladas -demandados- que intervinieron en el proceso penal instaurado a instancia del Ministerio Público en su contra y la Defensora de Oficio del Estado, no solicitaron la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo y tampoco le hicieron conocer actuación alguna pese a tener domicilio conocido; por lo que señala que su proceso no fue tramitado legalmente, no pudiéndose evitar que los Ministros del Tribunal Supremo conozcan la causa y emitan el Auto Supremo 26/2012 de 22 de marzo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- estado de desconocimiento total del procesado acerca de su juzgamiento por una omisión deliberada o no del juzgador,
- CONFIRMAR