SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2479/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2479/2012

Fecha: 28-Nov-2012

II.3.

II.3.  A través de providencia de 4 de agosto de 2006, los Vocales de la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, indicaron que: “Tomando en cuenta el tiempo transcurrido, los procesados Julia Caero Angulo y otros, no fundamentaron hasta ese día el recurso de apelación de sentencia formulado por cada uno de ellos en el presente proceso penal; por lo que en función del art. 286 del antiguo CPP, conminan a los procesados a presentar la fundamentación del recuso bajo alternativa de ley en el plazo máximo de seis días computables a partir de su notificación…”, posteriormente con dicha providencia se efectuó la diligencia a Julia Caero Angulo, el 15 de septiembre de 2006, firmando un testigo la constancia de su recepción en la oficina de su abogada Rosemary Jaldín (fs. 635 y 636).