Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2074/2012
Fecha: 08-Nov-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 28 de 1 de junio de 2012, cursante de fs. 30 vta. a 33 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- deniega
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR