Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2074/2012
Fecha: 08-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante estima como vulnerados los derechos a la libertad y locomoción, así como a la seguridad de su representado, toda vez que las autoridades demandadas -Zenón Rodríguez Zeballos, Sigfrido Soleto Gualoa y Victoriano Morón Cuellar- al haber anulado la Resolución de detención preventiva de 3 de abril de 2012, debieron haber dispuesto la libertad de Cristian Armando Aparicio Parada -hoy representado. Corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o negar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- deniega
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR