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    AUTO CONSTITUCIONAL 0899/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0899/2012-CA

    Fecha: 18-Dic-2012

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    • Fragmento 1
    • a)  Por Resolución de 8 de mayo de 2012
    • b)
    • no correspondiendo a la justicia ordinaria revisar, modificar y menos anular las decisiones de la judicatura
    • c)   El Juez Agroambiental, a través de la Resolución de 5 de noviembre de 2012
    • .
    • la Jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Agroambiental”
    • especializada
    • entre la jurisdicción indígena originario campesina y la jurisdicción ordinaria y agroambiental, procedimiento aplicable a los conflictos de competencia entre la jurisdicción ordinaria y agroambiental
    • “I.
    • II.
    • tiene la finalidad de determinar el titular de una competencia asignada por la Constitución, en aquellos casos en los que, con motivo de emitir una disposición, resolución o adoptar un acto, se genera un conflicto porque se entiende que uno de los titulares de un órgano público invade el ámbito de competencia de otro
    • los conflictos de competencia se suscitan
    • se inhibió del conocimiento de dicha causa, en razón de materia
    • casó en parte el auto interlocutorio y declaró improbada     la excepción de incompetencia
    • Juez Agroambiental de la localidad de Quillacollo declinado su competencia

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