AUTO CONSTITUCIONAL 0899/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0899/2012-CA

Fecha: 18-Dic-2012

los conflictos de competencia se suscitan

De la confluencia de normas y jurisprudencia referida, se establece que los conflictos de competencia se suscitan: 1) Entre Órganos del Poder Público; 2) Entre el nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas y entre estos; y, 3) Entre las diferentes jurisdicciones existentes en el Estado Plurinacional de Bolivia.