AUTO CONSTITUCIONAL 0916/2012-CA
Fecha: 21-Dic-2012
rechazo
Se corrió traslado por proveído 12-00430-12 de 4 de diciembre de 2012, cursante a fs 73; habiendo respondido, Iván Arancibia Zegarra, Jefe del Departamento de Normas y Contencioso de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego; mediante memorial presentado de 7 del mismo mes y año antes mencionado (fs. 75 a 79 vta.), solicitó se declare el rechazo de la acción interpuesta por la empresa CORHAT BOLIVIA S.A., por carecer de fundamentos de hecho y derecho.
A través de la Resolución Administrativa (RA) 29-00045-12 de 10 de diciembre de 2012, cursante a fs. 80 a 92, Mario Cazón Morales, Director Ejecutivo de la AJ, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, por incumplimiento de los arts. 24.4, 79 y 81 del Código Procesal Constitucional (CPCo), con los siguientes fundamentos: a) La accionante no expresa claramente cuáles son las normas cuya inconstitucionalidad demanda y como las mismas vulneran las normas constitucionales, por lo que no se expresó los fundamentos jurídico-constitucional que conducen a cuestionar el cuerpo normativo impugnado; b) Los únicos sujetos que tienen legitimación activa para promover la presente acción son los jueces, tribunales o autoridades administrativas, de oficio o a instancia de parte; y, c) No estableció la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso siendo que en el caso de autos se emitió la Resolución Sancionatoria 10-00080-12 de 18 de octubre de 2012.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazo
- Avenida Cañoto 830
- II.2. Naturaleza de la acción de inconstitucionalidad concreta
- Fragmento 6
- Tienen legitimación activa para interponer Acción de Inconstitucionalidad Concreta, la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que,
- la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión
- II.
- a)
- II.4. Análisis del caso concreto
- deben solicitar el recurso dentro de un proceso judicial o administrativo,