Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2497/2012
Fecha: 03-Dic-2012
II.4.
II.4. Por Resolución 049/11 de 31 de enero de 2011, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto no se allanó a la recusación planteada por Franz Guido Maldonado Guzmán (fs. 28 y vta.); y mediante el fallo 42/2011 de 2 de febrero, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal no se allanó al incidente de recusación interpuesto por el ahora accionante (fs. 28 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance, finalidad y procedencia de la acción de libertad
- III.2. Los supuestos de subsidiariedad excepcional y la delimitación entre la jurisdicción constitucional y la ordinaria
- III.3. Legitimación pasiva en funcionarios subalternos
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR