SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2522/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2522/2012

Fecha: 14-Dic-2012

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 52/2012 de 17 de septiembre, cursante de fs. 61 a 62, denegó la acción de amparo constitucional, con el fundamento que no se aclaró en el contrato de anticresis, cuales abogados desempeñarían labores jurídicas, que la accionante no demostró que se le haya vulnerado su derecho al trabajo desarrollado en la mencionada oficina objeto de anticresis, tampoco lo ha hecho el tercero interesado, por lo que al no existir elementos que demuestren que los mismos están dentro del alcance de los arts. 128 de la CPE o 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo), hace inviable la otorgación de la tutela solicitada.