SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2523/2012
Fecha: 14-Dic-2012
II.8.
II.8. El Supervisor de Asignaciones Familiares del Ministerio de Salud y Deportes-Instituto Nacional de Seguros de Salud (INASES), a través de carta de 5 de octubre de 2012, dirigida al Banco de Crédito S. A. Regional Sucre, solicitó la regularización del pago por subsidios pendientes que por ley corresponde como ser prenatal y posteriormente natalidad y lactancia en las oficinas de Lácteosbol a nombre de la beneficiaria Wendy Martínez Vargas, asimismo se les hizo conocer que son pasibles a la sanción establecida en el “Reglamento de Asignaciones Familiares Título III cap. IV Art. 22 inc. a)” (sic) con una multa de Bs5 000.- (cinco mil bolivianos) y regularizar las otorgaciones pendientes, quedando la responsabilidad de su cumplimiento al INASES por la vía coactiva social (fs. 36).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional: protección a mujer trabajadora en estado de gestación
- III.2.
- Bajo ese criterio, se procura, por un lado, evitar la discriminación por la condición de embarazo y, por otro, garantizar la estabilidad laboral de la mujer trabajadora en estado de gestación y lactancia, como también del progenitor varón, independientemente de que se tratasen de empleadas (os) del sector privado, como a funcionarias (os) o servidoras (es) públicas (os); todo esto, en resguardo de la hija o hijo nacido y hasta su primer año de edad, desde el momento de su concepción, como sujeto de derechos en todo lo que pudiera favorecerle
- III.3. Análisis del caso concreto
- embarazo,
- CONFIRMAR