SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2529/2012
Fecha: 14-Dic-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En la presente acción de inconstitucional concreta se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 3 inc. m) y 157 del DS 29215. 3.I y III y 6 del DS 29802; 5.1, 5.4 y IX de la “Guía para la Verificación y Determinación de la Existencia de Relaciones Servidumbrales, Trabajo Forzoso y Formas Análogas de Sometimiento” aprobada por la RA 315/2008, por vulnerar supuestamente los arts. 1.II, 2, 6, 7, inc. a), 14, 16.II y IV, 29, 59.1, 96.1 y 166 de la CPEabrg, por disponer el no reconocimiento del derecho propietario en caso de existir relaciones servidumbrales y declarar tierra fiscal la propiedad agraria. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos denunciados son evidentes a los efectos de efectuar el control de constitucionalidad que le encomienda a éste Tribunal el art. 202.1 de la Constitucion Politica del estado (CPE).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- el no reconocimiento de ningún derecho y la pérdida del mismo
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- 1)
- con las consecuencias establecidas en el art. 157 del Decreto Reglamentario Nº 29215 de 2 de agosto de 2007
- Artículo 2
- I.
- Artículo 14.-
- IV.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control de constitucionalidad
- III.2. Alcance del control constitucional en sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional Plurinacional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- II.
- III.3.
- IMPROCEDENTE