Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2541/2012
Fecha: 21-Dic-2012
II.6.
II.6. Por memorial de 21 de marzo del mismo año, Antonio Lee López Daza, codemandado, contestó al traslado corrido con el memorial del recurso de casación interpuesto por el entonces demandante, la improcedencia del recurso de casación, por haber sido presentado fuera de plazo y por falta de fundamentación (fs. 63 y vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. En cuanto a la presentación del recurso de casación y su consideración en tribunales de casación
- III.3. El debido proceso y el principio de congruencia en las resoluciones de alzada
- b) por incongruencia aditiva, en virtud de la cual, la autoridad jurisdiccional o administrativa, falla adicionando o incorporando elementos no peticionados o no discutidos por las partes en el decurso de la causa.
- III.4. Análisis del caso concreto