Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2555/2012
Fecha: 21-Dic-2012
II.3.
II.3. El 25 de octubre de 2012, la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó Auto complementario, declarando sin lugar la solicitud de explicación, complementación y enmienda formulada por Fernando Montalvo Ocampo, por ser claros los términos y fundamentos de la Resolución de 24 del mes y año señalado (fs. 58).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la vida y a la libertad personal en la Constitución Política del Estado.
- III.1.2. De la acción de libertad.
- 1)
- III.2. Sobre los derechos invocados por el accionante como lesionados.
- III.3. Sobre el principio de celeridad en la administración de justicia
- III.4. Sobre el recurso de apelación en medidas cautelares de carácter personal
- III.5. Análisis del caso concreto
- sin embargo, este plazo no puede exceder de tres días; empero, si excede el plazo legal y la espera prudencial, el procedimiento se convierte en dilatorio, y por ende el recurso de apelación deja de ser un medio idóneo y eficaz…”
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