SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2570/2012
Fecha: 21-Dic-2012
1)
En ese orden de cosas se tiene que: 1) El Ministerio cumplió la labor de reglamentar el Estatuto del Funcionario Público; 2) La reglamentación ministerial no abarca a los funcionarios municipales; 3) La ausencia de vías de reclamación es imputable al Gobierno Municipal; y, 4) No se evidencia esfuerzos por parte de los municipios de implementar el sistema de carrera administrativa y normas dirigidas a regular las relaciones laborales de los servidores públicos municipales.
Al respecto es evidente la necesidad de instauración de estos sistemas de carrera administrativa municipal. Debiendo al respecto exhortar a los Gobiernos Autónomos Municipales, en coordinación con los demás órganos del Estado, hacer efectiva la obligación de implementación de estos sistemas de carrera.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Activación de la acción de amparo constitucional
- autónomas
- III.2.2. Impugnación al régimen laboral de las y los servidores públicos
- 1)
- III.3. El derecho al trabajo y a la remuneración justa por el trabajo como medio de subsistencia
- tiene derecho a una remuneración o salario justo y equitativo con el fin de procurarse su propia manutención como la de su familia, para subsistir en condiciones mínimas de dignidad humana
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR