Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2570/2012
Fecha: 21-Dic-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Que ha sido funcionaria del Gobierno Autónomo Municipal de Arani, desde hace años atrás; sin embargo, durante los últimos cinco meses, no ha recibido sus salarios, es decir desde marzo de 2012. No obstante de los reiterados e insistentes reclamos, nunca ha sido atendida en su petición, y considerando que ella es funcionaria pública, no tiene la vía procesal laboral, razón por la cual no existe otra vía jurisdiccional más que activar, que la jurisdicción constitucional al efecto de encontrar la protección impetrada
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Activación de la acción de amparo constitucional
- autónomas
- III.2.2. Impugnación al régimen laboral de las y los servidores públicos
- 1)
- III.3. El derecho al trabajo y a la remuneración justa por el trabajo como medio de subsistencia
- tiene derecho a una remuneración o salario justo y equitativo con el fin de procurarse su propia manutención como la de su familia, para subsistir en condiciones mínimas de dignidad humana
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR