SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2574/2012
Fecha: 21-Dic-2012
1)
Rommy Peredo Peredo, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal Cautelar de Santa Cruz, en audiencia manifestó: 1) La audiencia fijada para el 27 de septiembre de 2012, fue suspendida por orden de un Tribunal de garantías constitucionales; 2) Si bien se presentaron otros memoriales, no fueron providenciados, remitiéndose a la orden de suspensión de todo acto procesal; por lo que al tener conocimiento de la apelación presentada por el representado del accionante, con relación al Auto de cesación , la misma fue rechazada dando siempre cumplimiento a la orden emitido por el Tribunal de garantías; y, 3) No tiene conocimiento del levantamiento de revocatoria de la medida cautelar.
1° CONFIRMAR en parte, y con los fundamentos precedentes, la Resolución “35” de 24 de octubre de 2012, cursante de fs. 33 a 35, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela respecto a la Jueza Rommy Peredo Peredo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- “…tampoco
- III.3. Análisis del caso concreto
- no puede ser considerada; por cuanto, esta acción extraordinaria no constituye la vía ni el medio legal adecuado para corregir u ordenar se corrija el procedimiento presuntamente irregular en que se hubiera incurrido en otra acción constitucional, o lo que es peor, que por medio de otra acción constitucional, se pretenda dejar sin efecto resoluciones pronunciadas por los jueces o tribunales de garantías, como pretende el accionante,