SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2574/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2574/2012

Fecha: 21-Dic-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega como lesionados los derechos a la libertad, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso y a la defensa de su representado; por cuanto, las autoridades demandadas obraron de manera ilegal, al haber dispuesto como medida precautoria emergente de una acción de amparo constitucional, la suspensión de todo acto procesal dentro del proceso penal seguido en su contra, lo que provocó que una vez que fuera denegada la solicitud de cesación a la detención preventiva, y se apelara dicha determinación, no se pueda dar cumplimiento a la anulación del Auto recurrido, mediante el cual se ordenó la renovación del mismo en un plazo no mayor de cinco días; suspensión indebida que constituye un verdadero exceso por parte de las autoridades demandadas  quienes causaron una evidente lesión a sus derechos constitucionales, fundamentalmente al debido proceso vinculado a la libertad. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los hechos demandados son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.