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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2592/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2592/2012

    Fecha: 21-Dic-2012

    Fragmento 17

               El art. 393 bis. del CPP, refiriéndose a la procedencia, señala: “En la resolución de imputación formal, el fiscal podrá solicitar al juez de instrucción la aplicación del procedimiento inmediato para delitos flagrantes conforme a las normas del presente Título, cuando el imputado sea sorprendido o aprehendido en la comisión de un delito en flagrancia.

    • acción de libertad
    • I.1.1
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • El informalismo
    • Fragmento 17
    • III.2.  De las normas que rigen la aplicación del procedimiento inmediato para delitos flagrantes
    • III.3.
    • CONFIRMAR

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