Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2598/2012
Fecha: 21-Dic-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 01/2011 de 5 de agosto, cursante de fs. 24 vta. a 27 vta., pronunciada por la Jueza Primera de Partido y Sentencia Penal de Villamontes del Distrito Judicial -ahora departamento- de Tarija; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción
- III.2. En cuanto al retiro de demanda de
- III.3. La falta de prueba y debida argumentación impide el pronunciamiento sobre la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR