Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2598/2012
Fecha: 21-Dic-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El accionante refiere que, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y otros, en la investigación penal relativa a la ejecución del proyecto “Pavimento articulado para la ciudad de Villamontes”, la Jueza de Instrucción Mixto y cautelar de Villamontes, ha subordinado su derecho a la libertad de locomoción, desconociendo sus deberes como “Juez de garantías” y la vigencia del principio pro homine.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción
- III.2. En cuanto al retiro de demanda de
- III.3. La falta de prueba y debida argumentación impide el pronunciamiento sobre la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR