Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2603/2012
Fecha: 21-Dic-2012
Fragmento 6
En audiencia el representante del Ministerio Público expresó que, de la revisión del expediente se tiene que el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 13 de abril de 2011, la cual no se llevó a cabo por conflictos sociales habiéndose señalado nueva audiencia para el 21 de abril del citado año, disponiendo el Juez ahora demandado, que se notifique a las partes, por lo que solicitó se “deniegue la acción de libertad”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre la identidad de objeto, sujeto y causa
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Respecto a la interposición de la primera acción tutelar
- CONFIRMAR