Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2620/2012
Fecha: 21-Dic-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 545/2011 de “20” junio de 2011, cursante de fs. 37 a 39, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y en consecuencia, CONCEDER tutela solicitada, en cuanto a la debida fundamentación como elemento del debido proceso.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “Dispone dejar sin efecto”
- I.3. Consideraciones de sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso en acción de libertad
- III.3. En cuanto a la finalidad de la detención domiciliaria
- III.4. Sobre la fundamentación de las resoluciones de medidas cautelares
- III.5. Uso de la terminología adecuada en acción de libertad
- III.6. Análisis del caso concreto
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