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    AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2012-CA

    Fecha: 13-Feb-2012

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    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1 Requisitos de admisión del recurso directo de nulidad: Verificación de existencia de fundamento jurídico constitucional
    • competencia
    • y cuya falta de utilización oportuna implica la aceptación tácita de la competencia de los juzgadores;
    • aceptó tácitamente la competencia de los Vocales recurridos, estando por tanto consolidada la competencia de éstos para conocer y resolver esa demanda, la que no puede ser impugnada por ninguna vía y menos a través del presente recurso directo de nulidad
    • es procedente siempre y cuando el recurrente no reconozca, de forma expresa o tácita, la competencia de la autoridad pública cuya competencia cuestiona y la nulidad de sus actos.
    • implica un reconocimiento y sometimiento expreso,
    • II.2. Análisis del caso concreto
    • RECHAZAR

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