AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2012-CA

Fecha: 13-Feb-2012

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Señala que la autoridad recurrida fue designada irregularmente por el Ministro de Salud y Deportes mediante un simple memorando, acto que fue ratificado por Resolución Ministerial 0246 de 10 de abril de 2008, cuando dicha designación correspondía sea por Resolución Suprema por medio del “Presidente de la República”, con la firma del Ministro de Estado cabeza del sector conforme a lo dispuesto por el art. 96.15ª de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg) “Nombrar a los empleados de la administración cuya designación no esté reservada por ley a otro poder, y expedir sus títulos”, contenido normativo concordante con el art. 32 inc. f) del Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, que a su vez señalaba que LONABOL “Está a cargo de un Director General Ejecutivo, quien ejerce la representación institucional y es la Máxima autoridad Ejecutiva, es designado mediante Resolución Suprema…”. Por ello dicha resolución es nula de pleno derecho porque la autoridad recurrida no era la competente para suscribir la cuestionada Resolución Administrativa, vulnerándose con ello el derecho al trabajo, al comercio, al empleo y defensa protegidos por los arts. 46 y 47 de la Constitución Política del Estado (CPE).

Asevera que tuvo conocimiento de la prohibición de operar sus salas de juego, el 19 de abril de 2009, a través de un comunicado de prensa publicado a solicitud de LONABOL en el periódico “El Diario”. En mérito a ello, considera que dicha publicación al ser un acto administrativo, el plazo procesal de treinta días para la interposición del presente recurso, comienza en esa fecha, debiendo considerarse además los feriados del 1 y 25 de mayo de 2009, por lo que el plazo fenecía el 26 de ese mismo mes y año; toda vez que, hasta dicha fecha (19 de abril de 2009) la RA 53/2008 de 6 de junio, no fue ejecutada y la empresa a la que representa siguió cumpliendo todas las obligaciones contractuales.