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    AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2012-CA

    Fecha: 06-Mar-2012

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    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • I.3. Resolución de la Autoridad judicial consultante
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2.  Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.3.  Cumplimiento de requisitos de procedencia
    • cuya decisión
    • si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido, como exige el num. 2 del mismo artículo, no podrá establecerse si existe o no contradicción entre la norma impugnada y el texto constitucional, determinando ambas imprecisiones la falta de base legal del recurso
    • La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial,
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • cuya decisión dependa
    • para la procedencia del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad deben darse las siguientes condiciones:
    • APROBAR

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