Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2012-CA
Fecha: 06-Mar-2012
II.5. Análisis del caso concreto
Dentro del presente caso, el accionante propone el “examen o test” de constitucionalidad del art. 5.III de la Resolución Normativa de Directorio 10-0012-06 de 19 de abril de 2006, emitida por la Presidencia Ejecutiva del SIN, cuya naturaleza es la de reglamentar una determinada clase de impuesto, por lo que, el mismo es el objetivo procesal del recurso contra tributos y otras cargas públicas, previsto por los arts. 68 a 70 de la LTC, no siendo posible entrar a analizar el fondo mediante el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad por no ser la vía procesal llamada por la Constitución y la ley para resolver tal extremo.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- el servicio de transporte internacional de empresas bolivianas de carga por carretera, incluido el transporte de encomiendas, paquetes, documentos o correspondencia, estará sujeto al régimen de tasa cero en el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Naturaleza y objeto del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- Fragmento 9
- II.4. Las normas de carácter tributario no pueden ser objeto de control normativo mediante un recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR