Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0258/2012-CA
Fecha: 30-Mar-2012
consulta
En consulta la Resolución Ministerial (RM) 543/09 de 13 de agosto de 2009, cursante de fs. 2 a 3, pronunciado por el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta-, formulado por Edgar Alarcón Laura, demandando la inconstitucionalidad” del art. 67.V inc. a) del Decreto Supremo (DS) 23318-A de 3 de noviembre de 1992, modificado por el DS 26237 de 29 de junio de 2001 y DS 28003 de 11 de febrero de 2005, por ser presuntamente contrario al art. 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- V. En caso de estar involucrados los Viceministros, Directores Generales, Directores Nacionales, Prefectos, Subprefectos y Corregidores, funcionarios de libre nombramiento (…) El sumariante deberá ser un abogado independiente nombrado directamente por el Ministro responsable cabeza de sector…”
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.
- antes de la ejecutoria de la sentencia”
- I)
- Fragmento 10
- NULO DE PLENO DERECHO”
- APROBAR,