Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2012
Fecha: 13-Mar-2012
II.2.
II.2. El 21 de octubre de 2009, con el acta de intervención contravencional AN/COA/RCBA C-0331/09, se notificó al accionante en Secretaría de la Aduana Nacional, otorgándole el plazo de tres días para la presentación de descargos (fs. 7), no existiendo constancia de que hubiere presentado los descargos requeridos que acrediten la importación del vehículo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- III.1. La acción de
- III.2. La tutela del derecho al debido proceso, a la defensa y a la impugnación a través de la acción de amparo constitucional
- III.3.1. En cuanto a la denuncia de vulneración al derecho a la defensa por la supuesta falta de notificación con la Resolución 017/2011
- III.3.2. En cuanto a la denuncia de vulneración al derecho de impugnación por el rechazo de los recursos interpuestos por el accionante