Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2012
Fecha: 13-Mar-2012
II.3.
II.3. El 11 de noviembre de 2009, el Administrador de la Aduana a.i., ahora codemandado, emitió la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-SUCCI 57/2009, declarando probada la comisión de contravención aduanera por contrabando disponiendo el comiso del vehículo clase "camión de color blanco, marca Nissan tipo Cóndor, industria Japón, Nº de chasis MK211K-14477, con placa de control 1703-CNC (dato erróneo), modelo 96" (fs. 8 a 10). Resolución que fue notificada en Secretaría de la Aduana (fs. 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- III.1. La acción de
- III.2. La tutela del derecho al debido proceso, a la defensa y a la impugnación a través de la acción de amparo constitucional
- III.3.1. En cuanto a la denuncia de vulneración al derecho a la defensa por la supuesta falta de notificación con la Resolución 017/2011
- III.3.2. En cuanto a la denuncia de vulneración al derecho de impugnación por el rechazo de los recursos interpuestos por el accionante