SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2012

Fecha: 16-Mar-2012

a)

Solicita se conceda la acción de libertad y disponga a) Dejar sin efecto la Resolución 65/2011 de 21 de enero, que dispuso la detención preventiva de sus representados; b) Dejar sin efecto la providencia de 30 de julio de 2011, mediante la cual el Juez demandado dispuso la ilegal ampliación de la etapa preparatoria; y, c) Encontrándose abundantemente vencido el plazo de la etapa preparatoria, sin que el Ministerio Público haya presentado su requerimiento conclusivo, disponer que sus representados sean puestos en libertad de forma inmediata al término de la audiencia de consideración de la presente demanda.

El accionante, alega la vulneración de sus derechos de sus representados a la libertad de locomoción, garantía del debido proceso, a la defensa, principio de celeridad y derecho a la seguridad jurídica; toda vez, que las autoridades demandadas: a) En audiencia de medidas cautelares a falta de traductor o interprete mediante Resolución 65/2011 de 21 de enero, dispusieron la detención preventiva de sus representados; y, b) Una vez vencido el término de la etapa preparatoria, y pese haber solicitado al Juez demandado la conminatoria para que el Ministerio Público presente requerimiento conclusivo sobre el presente caso, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal de manera ilegal resolvió ampliar el plazo de dicha etapa preparatoria. Por lo expuesto, corresponde ahora analizar, en revisión, si en el caso concreto se debe otorgar o no la tutela solicitada, tarea que será realizada a continuación.