Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2012
Fecha: 26-Mar-2012
APROBAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia; y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 004/2012 de 3 de febrero; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- Iver Waldo Quilo Lozada
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2.
- “denegó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. El debido proceso en medidas cautelares y su protección a través de la acción de libertad
- Primer supuesto:
- sólo en los casos de indefensión absoluta y manifiesta,
- Tercer supuesto:
- ”
- III.4. Congruencia como elemento del debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR