SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2012
Fecha: 26-Mar-2012
II.1.
II.1. Dentro el proceso penal por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, de contrato, conducta antieconómica y falsedad ideológica, seguido por el Ministerio Publico contra el ahora accionante y otros, ante el Juzgado de Instrucción Mixto, Liquidador y Cautelar de Arque, se evidencia que mediante Auto de 21 de diciembre de 2011, en aplicación del art. 54 inc. 2) del CPP, el Juez a cargo del proceso, dispuso la detención preventiva, entre otros, de Iver Waldo Quilo Lozada, por concurrir los supuestos establecidos en los arts. 233.1, 234.1, 2 y 6; y, 235.2 de la Ley 007, a cumplirse en el recinto penitenciario de San Antonio, ordenando se expidan los correspondientes mandamientos de detención preventiva (fs. 4 a 11).
- Iver Waldo Quilo Lozada
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2.
- “denegó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. El debido proceso en medidas cautelares y su protección a través de la acción de libertad
- Primer supuesto:
- sólo en los casos de indefensión absoluta y manifiesta,
- Tercer supuesto:
- ”
- III.4. Congruencia como elemento del debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR