SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2012

Fecha: 26-Mar-2012

denegó

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías mediante Resolución 15/2012 de 17 de enero, cursante de fs. 190 a 193 vta., denegó la acción planteada, en base a los siguientes fundamentos: a) Se establece que fueron emitidas tres llamadas de atención por memorandos 008, 009 y 010/2011, cursantes de fs. 21 a 23, por el Jefe de Recursos Humanos del Gobierno de Chuquisaca, Demetrio Daza; sin embargo, no se dirigió la presente acción contra dicho funcionario público; b) Germán Espada, emitió la Resolución de Apertura del proceso sumario administrativo 10/2011 de 18 de abril, y no fue demandado en la presente acción, siendo que el art. 77 de la LTCP, establece los requisitos que debe contener la acción de amparo constitucional; y, c) Finalmente sostienen que ese Tribunal, no puede ingresar al análisis de fondo de la acción planteada, puesto que no fueron demandados Demetrio Daza y Germán Espada, pese a haber sido nombrados en la presente acción.