Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2012
Fecha: 26-Mar-2012
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 18 de marzo de 2008, el mandante de los accionantes planteó incompetencia y extinción de denuncia (fs. 31 a 32 vta.). En Audiencia de Enjuiciamiento de 15 de mayo de 2008, el procesado solicitó se de por desistida y abandonada la denuncia en su contra, solicitud que fue resuelta en la misma audiencia, aceptando el desistimiento “simple y llanamente”, disponiéndose que el proceso continúe a instancias del Inspector General del Ministerio Público; respecto al planteamiento de incompetencia, y extinción de acción y de denuncia y actividad procesal defectuosa, el Fiscal de Distrito de Oruro las rechazó (fs. 43 a 49 y vta.).
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- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. El juez natural en su elemento competencia y su protección vía amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.3. El caso en análisis
- APROBAR