Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PURINACIONAL 0015/2012
Fecha: 16-Mar-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución “03/12” de 26 de enero de 2012, cursante de fs. 14 a 15, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Marisol Durán Ardaya en representación de Juan Ariel Sánchez Durán contra Fernando Orellana Medina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- Fragmento 9
- III.2.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural
- III.2.2. Sobre el principio de celeridad procesal
- principio procesal de celeridad
- principio de celeridad procesal
- III.2.3. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones
- 168 del CPP:
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º Llamar la atención