Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2012-RCA-SL
Fecha: 11-Abr-2012
Fragmento 14
La Sala Civil Primera de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz ahora Tribunal Departamental de Justicia, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 050/2010 de 11 de diciembre de 2010, cursante a fs.19 a 20 vta., declaró la improcedente in límine de la acción de cumplimiento porque fue interpuesto fuera del plazo establecido por ley.
- Fragmento 1
- rechazó in limine
- I.
- II.
- “in límine”
- se tramitará de la misma forma que la acción de amparo constitucional
- improcedencia in límine
- in límine o el rechazo
- II. 3. La subsidiaridad en la acción de cumplimiento
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR
- Fragmento 12
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 14
- II.1. Consideraciones previas: Competencia y aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- 1.
- II.3.
- II.4. Análisis del caso enviado
- 23 de noviembre de 2009