AUTO CONSTITUCIONAL 0347/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
I.1. Síntesis de la solicitud de parte Mediante memorial presentado el 22 de marzo de 2010 y subsanado el 23 del indicado mes y año, cursante de fs. 1 a 2 y 3 a 4, la recurrente -hoy accionante- dentro del proceso ejecutivo que sigue el Banco de Crédito de Bolivia S.A., contra sus poderdantes formuló incidente de nulidad de obrados arguyendo que la referida entidad crediticia presentó varios memoriales como si se tratase de un proceso coactivo, empero la Juez de la causa, en atención al informe del Secretario Abogado del juzgado, que establece que el término probatorio referente a las excepciones e incidente de nulidad vencieron; dictó el Auto de 20 de marzo de 2010, señalando audiencia de conciliación, notificándose a sus mandantes el 18 de igual mes y año, en su domicilio procesal que es en calidad de abogada apoderada debiéndose notificar en el domicilio personal de los demandados al ser una citación personal como es la audiencia de conciliación.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- I
- la ausencia de fundamentación, que es un elemento exigido por el numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial,
- II.4. Análisis del caso concreto
- rechazar
- APROBAR