Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0401/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
rechazó
Por Resolución 384/2010 de 2 de agosto cursante de fs. 7 a 9, pronunciada por el Plenario del Consejo de la Judicatura, rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad argumentando que el mismo no tiene fundamento jurídico constitucional al estar en vigencia una nueva Ley Fundamental; en consecuencia, no se puede ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, correspondiendo rechazar el presente recurso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- 3.-
- II.5. Otras consideraciones
- Fragmento 9
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- 2º