Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2012
Fecha: 12-Abr-2012
II.2.
II.2.La Fiscal de Materia, imputó formalmente el 20 de enero de 2012, al ahora accionante, solicitando la aplicación de medidas cautelares de carácter personal (fs. 39 a 42 y vta.); siendo que, en memorial de 20 de enero del mismo año, los hijos del accionante, pidieron al Fiscal de Materia, requiera la internación de su padre Pablo Sorioco Surubi (fs. 34); por requerimiento de la misma fecha, la Fiscal de Materia, requiere al Comandante de Frontera Policial de San Ignacio de Velasco, proceda al traslado del imputado, al Hospital Municipal para que el mismo sea examinado por el médico forense (fs. 36).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y Ampliación de la acción
- a)
- concede
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección
- Fragmento 12
- -de cualquier clase-
- III.2.1.Excepción en virtud al principio de informalismo
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.Con referencia al Juez demandado
- III.3.2.Sobre la actuación de la Fiscal de Materia y del Comandante de la Policía
- III.3.3.
- Fragmento 19
- 2º DENEGAR