Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2012
Fecha: 12-Abr-2012
I.2.1. Ratificación de la acción
La abogada de la accionante ratificó in extenso los términos de la acción de amparo constitucional, presentando como elemento nuevo, cedulones consistentes en la Resolución 298/2009 de 22 de abril, donde consta que en forma posterior al rechazo in límine que se efectuó por esa Sala, se aprobó el remate de la casa de su patrocinada por la suma de “31 346,3” (sic.) (treinta y un mil trescientos cuarenta y seis), además aduce “se ha liquidado una deuda que ya estaba prescrita y que fue revocada por la demandante en la suma de 6.339 enorme daño que debe ser reparado por los causantes…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
- i)
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder