SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2012

Fecha: 12-Abr-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera que se han vulnerado sus derechos a la propiedad, a la defensa, al debido proceso así como los principios de supremacía constitucional y jerarquía normativa, por cuanto la Resolución 437/2008, emitida por el Juez Noveno de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial de La Paz, que declaró probada su excepción de prescripción, después fue revocada en apelación por la Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial, mediante Auto de Vista 515/08,que declaró improbada dicha excepción, señalando como único fundamento que en ejecución de sentencia, no procede interponer excepción perentoria alguna, aspecto que de acuerdo a su criterio, sería el resultado de una interpretación incompleta y equivocada que realizó la Jueza demandada, donde se omitió una interpretación sistemática e integral, pues únicamente se aplicó los arts. 507 y 509 del CPC, omitiendo la aplicación del art. 1497 del CC y los arts. 334, 337, 344 del CPC, que interpretados de forma integral reconocen la admisibilidad de las excepciones en ejecución de sentencia. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de denegar o conceder la tutela solicitada.