SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2012
Fecha: 12-Abr-2012
III.4. Análisis del caso concreto
De la revisión de la acción de amparo constitucional que nos ocupa y su petitorio, se tiene que la accionante por su representado pretende: i) La interpretación de la SC 0830/2007-R de 10 de diciembre, toda vez que dentro de la excepción de prejudicialidad interpuesta por su parte, sostiene que la citada Resolución no fue aplicada de manera correcta por las autoridades demandadas al emitir el Auto de Vista 44, por el cual revocaron el Auto 319/07 emitido por el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, disponiendo la continuación de la acción penal iniciada en su contra, solicitando la “revocatoria” del mismo; y, ii) Se analice la documentación presentada con dicha excepción, puesto que las autoridades demandadas no lo hicieron correctamente.
- acción de amparo constitucional,
- “la continuación de la acción penal sin analizar correctamente la documentación
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Limites de la jurisdicción constitucional
- III.2.La interpretación de la ley en un caso concreto le corresponde a la jurisdicción ordinaria, salvo ciertas excepciones que importen lesión a derechos fundamentales
- “…este Tribunal a través de las diversas acciones tutelares no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada, pues ello seria invadir otras jurisdicciones desnaturalizando la esencia de esta acción tutelar por cuanto la valoración de la prueba es una facultad privativa de dichas instancias ordinarias;
- III.4. Análisis del caso concreto
- línea jurisprudencial a partir de la cual se tiene que la interpretación de la legalidad ordinaria únicamente puede darse respecto a una norma,
- “sin analizar correctamente la documentación”
- APROBAR