Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2012
Fecha: 19-Abr-2012
II.3.
II.3. El Gerente General de la BBV S.A, mediante nota BBV-JAL 942/2009 del 17 de julio, comunicó a la empresa accionante la posición del Comité de Vigilancia, transcribiendo partes del acta de reunión 007/2009 realizada el 14 de julio de 2009, donde se decidió por unanimidad no considerar el recurso indirecto de inconstitucionalidad interpuesto por BOLSER Ltda., por tratarse de un asunto ajeno a su competencia y por haber sido interpuesto contra la RA SPVS/IV/ 924, emitida por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros (fs. 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Principio de subsidiariedad que rige a la acción de amparo constitucional
- III.3. El planteamiento de una acción tutelar en el trámite de un recurso de inconstitucionalidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
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