Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2012
Fecha: 23-Abr-2012
III.3. Análisis del caso concreto
A partir de la revisión de la acción de cumplimiento que nos ocupa, se tiene que la problemática planteada por el accionante radica en la determinación de las autoridades demandadas respecto a la suspensión de sus funciones como Vocal del Tribunal Agrario Nacional, pues sostiene que dicha determinación fue emitida sin que se cuente con la facultad pertinente, toda vez que refiere que ésta atribución solamente le correspondería al Pleno del Consejo de la Judicatura, dando lugar a la supuesta vulneración de su derecho al debido proceso previsto por los arts. 115 y 117 de la CPE, ya que las autoridades demandadas incumplieron con lo establecido por los arts. 46 y 52 de la LCJ.
- acción de cumplimiento,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- dictaron dos Autos de apertura en procesos sancionatorios iniciados en su contra
- III.1. La acción de cumplimiento: Naturaleza jurídica, objeto y ámbito de protección
- garantizar la materialización de un deber omitido; que tiene que estar de manera expresa y en forma específica previsto en la norma constitucional o legal.
- procede en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida.
- la acción de cumplimiento, tiene como objeto garantizar la materialización de la Constitución y la ley,
- hace referencia a un deber específico previsto en dichas normas, pues como señala el art. 134 parágrafo tercero de la Constitución, el juez que conozca la acción, de encontrar cierta y efectiva la demanda
- Fragmento 19
- se tiene al recurso directo de nulidad como una acción jurisdiccional de control de legalidad sobre los actos o resoluciones de las autoridades públicas, cuya finalidad es declarar expresamente la nulidad de los actos invasivos o usurpadores de las competencias delimitadas por la Constitución Política del Estado y las leyes,
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuestiona la competencia con la cual actuaron las autoridades demandadas para disponer la suspensión de sus funciones;
- REVOCAR