SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2012

Fecha: 23-Abr-2012

I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público

El Representante del Ministerio Público, en base al informe de la autoridad demandada, indicó que el accionante no fundamentó su acción de libertad conforme lo prevé el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), pues no justificó cómo estaría detenido ilegalmente su representado, que tiene en su contra un proceso penal a cargo del Fiscal y de la autoridad judicial, contando con recursos ordinarios que puede utilizar como medio de defensa inmediato, previo a acudir a la jurisdicción constitucional, por lo que requirió se deniegue la tutela solicitada.