SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2012

Fecha: 23-Abr-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera vulnerado el derecho a la libertad de su representado, a causa de una detención indebida promovida por el Ministerio Público al ejecutar su aprehensión en hora inhábil y también por la Jueza cautelar de Cochabamba, al disponer su detención preventiva, que pese a denuncia oportuna de sus abogados no fue restablecido, desconociendo lo previsto por el art. 27, en relación al art. 39, ambos del Código Penal (CP), ya que la participación criminal que se le atribuye es solo en grado de cómplice, siendo que los referidos artículos establecen el mínimo legal en la escala de reclusión de un mes y un año tratándose de presidio, lo cual haría improcedente la detención preventiva; sin embargo fue aplicada en franca agresión a su derecho a la libertad, por cuanto la Jueza no hizo una correcta evaluación de los citados artículos, tampoco dio cumplimiento a los presupuestos procesales contenidos en los artículos 226 y 232 del CPP. En consecuencia, corresponde en revisión examinar los extremos denunciados, si son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.