SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2012

Fecha: 02-May-2012

Fragmento 8

           Del contenido de la disposición constitucional aludida, se concluye que tanto el recurso de hábeas corpus instituido en la doctrina constitucional y en la jurisprudencia, así como la acción de libertad, desarrollada por la actual Constitución Política del Estado, ha sido instituida como una acción tutelar de triple carácter: preventivo, correctivo y reparador, reforzando la defensa oportuna y eficaz, que tiene por finalidad el resguardo y protección de los derechos a la vida y la libertad, tanto física como de locomoción, en favor de toda persona que creyere estar ilegalmente perseguida, o indebidamente procesada o privada de libertad. Así, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, el ámbito de protección de la acción de libertad, alcanza a los supuestos en que: