SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2012

Fecha: 02-May-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representado del accionante, alega la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto tras solicitar la cesación de su detención preventiva, la Jueza ahora demandada, suspendió la audiencia para su consideración con el sólo fundamento de que el representante del Ministerio Público no fue notificado con setenta y dos horas de anticipación a la celebración de la misma; y, programada una nueva fecha para la realización de este acto procesal, tampoco pudo llevarse a cabo a consecuencia de la excusa de la Jueza; circunstancias que prolongaron indebidamente la detención preventiva del impetrante. En consecuencia, corresponde considerar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda la presente acción.