SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2012

Fecha: 14-May-2012

concedió

La Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 21 de diciembre de 2009, cursante a fs. 177 a 179, de obrados que concedió la acción de amparo constitucional, disponiendo que en el plazo máximo de tres días hábiles, el Directorio del Seguro Social Universitario de Cochabamba y su Gerente General, procedan a dar estricto cumplimiento a la RM 0371, reincorporando al accionante a sus funciones, con responsabilidad civil por daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia, con los siguientes fundamentos: a) No existe la concurrencia de identidad de sujetos, pues la anterior acción de amparo constitucional no estuvo dirigida contra el Gerente General del SSU, sino únicamente contra el presidente y miembros del Directorio; b) Inexistencia de concurrencia de identidades de causa y objeto ya que el fundamento emerge de la circunstancia fáctica de que en función de la Resolución constitucional de 8 de octubre de 2009, los demandados persisten en el incumplimiento de la RM 0371, situación distinta de la que motivó la anterior acción tutelar; ya que en la presente acción pide que los demandados cumplan y hagan cumplir la Resolución Ministerial 0371 referida y su propia determinación de 28 de julio de igual año, procediendo a su inmediata reincorporación; y, c) El accionante agotó las instancias administrativas de impugnación al haberse pronunciado ya la máxima autoridad del Ministerio de Salud y Deportes, por lo que corresponde otorgar la tutela solicitada, por violación a la “seguridad jurídica” y al trabajo.