SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2012

Fecha: 14-May-2012

denegó

La Sala Social, Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 478/2009 de 10 de diciembre, cursante de fs. 419 a 421 vta., mediante la cual denegó la tutela; en base a los siguientes fundamentos: 1) Es cierto que las autoridades demandadas, no tomaron en cuenta los actos dilatorios realizados por los procesados ni la declaratoria de rebeldía, pero al haber trascurrido más de once años, se daría  lugar a la extinción de la acción penal por prescripción, conforme lo establecido por el art. 27 concordante con los arts. 29 y 30 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y consiguientemente, dejando sin efecto el Auto Supremo 313, emitido por las autoridades demandadas, se hubiera llegado a la misma situación de extinción de la acción penal; y, 2) Con relación al computo del plazo máximo de duración del proceso, no se consideró a partir del Auto inicial de la instrucción, como estableció la jurisprudencia constitucional; sin embargo, a partir de ese actuado ya transcurrieron más de diez años de duración del proceso, dilación que no se le puede atribuir a la parte procesada por el uso de los recursos de los cuales tienen pleno derecho.